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Bitcoin y Criptomonedas: Esfuerzos para su regulación en México.

Recientemente con los cambios en el mercado financiero que nos mostraron niveles de crecimiento nunca vistos para Bitcoin batiera su máximo histórico llegando a valer $ 40,599.30 dólares por Bitcoin el 8 de enero de 2021 y con su posterior caída para bajar a un mínimo de $30, 842.10 dólares por Bitcoin el 21 de enero de 2021, la pregunta está en el aire ¿Cuánta regulación tienen las autoridades financieras del Bitcoin y otras criptomonedas actualmente?


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La Ley Fintech


Si bien es cierto que la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera “Ley Fintech” publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo de 2018[1], fue pionera en el campo de regulación de las Criptomonedas y que actualmente gracias a las recientes reglas emitidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)[2] para regular los mercados de activos virtuales en el mundo, en cuestión de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, representan el primer paso importante a nivel global para establecer una claridad regulatoria para estos instrumentos, aún están lejos de poder regularse totalmente.


Además de aquellas reglas que establece la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

En primer lugar, es importante destacar el hecho de la Ley Fintech, nos trajo un concepto claro respecto del concepto de las criptomonedas en su artículo 30 lo cual nos ayuda a poder identificarlas:


“Se considera activo virtual la representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos. En ningún caso se entenderá como activo virtual la moneda de curso legal en territorio nacional, las divisas ni cualquier otro activo denominado en moneda de curso legal o en divisas”.


En este mismo artículo nos indica que estos activos virtuales o criptomonedas sólo serán aquellos determinados por el Banco de México, mediante la emisión de disposiciones de carácter general.


Estas disposiciones fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2019[3]


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En las cuales regula las operaciones hechas con activos virtuales, en las que se detalla de manera puntual como deberá de ser la operación con dichos activos, sin embargo, uno de los problemas que se pueden advertir, viendo éste tema de manera integral es cómo afectará al sistema financiero, ya que dichas cripto-divisas, si captan recursos del publico y no proporcionan una certeza respecto de su valor lo que puede en un futuro ocasionar crisis financieras, similares a las ocasionadas por Lehman Brothers’ en el pasado.


Es importante que se regule, por parte de la CNBV y del Banco de México, la forma en que los emisores y en su caso las instituciones financieras que con ellos operen, mitigarán el riesgo con dichos activos.


Por todo lo antes mencionado, creemos que a pesar de los esfuerzos hechos por diversas autoridades nacionales e internacionales, dichos activos virtuales, aún se encuentran lejos de una regulación real que mitigue los riesgos asociados con su uso.


[1] https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5515623&fecha=09/03/2018 [2] https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Reglas-del-GAFI-para-criptoactivos-el-inicio-de-la-ola-regulatoria-mundial-20190717-0156.html [3]https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5552303&fecha=08%2F03%2F2019&fbclid=IwAR0AtOsG9Tw5IcYq-qfp3z3g9fBzgdBSU-ZOP3P4LUa6vFeBeTCFP58jfHM

 
 
 

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